fbpx

Permiso de Residencia Permanente en Calidad de Inversionista Calificado

En los últimos años Panamá ha ajustado paulatinamente su política migratoria, encausando sus esfuerzos en atraer y promover la inversión extranjera, para lo cual, ha creado herramientas jurídicas que facilitan la aplicación, análisis y aprobación de permisos de residencia para cualquier persona extranjera que desee invertir en Panamá, establecer su domicilio y contribuir con la economía de país. 

En este sentido, el Servicio Nacional de Migración creó la subcategoría de Inversionista Calificado, a la cual puede aplicar todo extranjero que demuestre una inversión mínima de quinientos mil dólares (US$500,000.00) en Panamá, provenientes de fuente extranjera, a título personal o mediante persona jurídica si el solicitante es el beneficiario final de las acciones de la persona jurídica que mantiene la inversión. El extranjero solicitante de este permiso puede aplicar por alguna de las siguientes razones: 

  1. Por razón de inversión inmueble, acreditando una inversión de US$500,000.00 en un bien inmueble, libre de gravámenes. 
  2. Por razón de inversión inmobiliaria mediante un contrato de promesa de compraventa, acreditando una inversión de US$500,000.00 para la adquisición de un bien inmueble realizado a través de un depósito de fideicomiso administrado por un banco o fiduciaria con licencia para operar en la República de Panamá. 
  3. Por razón de inversiones realizadas a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, acreditado haber realizado una o varias inversiones por un monto mínimo de US$500,000.00 en títulos valores emisores a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, cuyos negocios incidan en el territorio nacional por medio de la Bolsa de Valores de Panamá.  
  4. Por razón de inversión en depósito a plazo fijo en el Sector Bancario, acreditando una inversión de US$750,000.00 en la apertura de depósito a plazo fijo, libre de gravámenes. 

Es importante resaltar que, como prerrogativa contemplada en la ley, los extranjeros solicitantes de este permiso por razones de inversión en bienes inmuebles son elegibles para aplicar con una inversión mínima de US$300,000.00 hasta el 13 de octubre de 2024, en lugar de los US$500,000.00 que entrarán en vigor después esta fecha.  

La categoría de Inversionista Calificado ofrece varias ventajas que no poseen las categorías migratorias ordinarias existentes en el ordenamiento jurídico de Panamá, como lo son: 

  • La implementación de una ventanilla especial con el objetivo de simplificar el proceso migratorio de las solicitudes, y así garantizar la resolución de la solicitud por parte de la autoridad migratoria en un periodo no mayor de 30 días hábiles. 
  • Conceder al extranjero solicitante y a sus dependientes el permiso de residencia permanente otorgado por el Servicio Nacional de Migración y el carné de residente permanente, o comúnmente conocido como Cédula E, otorgado por el Tribunal Electoral de Panamá, de inmediato. 
  • La facilidad de presentar la solicitud del permiso de residencia a través de apoderado legal, previo al ingreso al territorio nacional del extranjero solicitante y sus dependientes. 

Igualmente, ajustándose a la política migratoria, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá incorporó dentro de su ordenamiento jurídico laboral una categoría que permite al Inversionista Calificado opcionalmente obtener un permiso de trabajo con requisitos mínimos. 

Para más información sobre el permiso de Inversionista Calificado, contáctenos en las direcciones karyne.mora@kbfamilyoffice.comtibet.palma@kbfamilyoffice.com. 

Comparte este artículo:

Suscríbase a nuestro newsletter

Suscríbase y manténgase informado de las últimas noticias y oportunidades que ofrece el Grupo K&B.